El abuso sexual de prevalimiento

El abuso sexual de prevalimiento viene recogido en el Artículo 181.3 del codigo Penal y supone un situación en la que quien provoca el abuso sexual, obtiene el consentimiento de la víctima, pero solo gracias a una situación de superioridad que ostenta.
Esta situacion de superioridad se manifiesta en un relación laboral, entre jefe y empleado, en una relación docente, por tratarse de una diferencia de edad muy grande.
En este sentido, podemos entender como situación de superioridad la que se da entre padres e hijos, alumnos y profesores.